Términos y Condiciones
"Diseñemos la próxima colección juntas"
Medellín, Colombia · Junio de 2026
Preámbulo
Los presentes Términos y Condiciones regulan el Programa Creativo Participativo denominado "Diseñemos la próxima colección juntas" (en adelante, el "Programa"), organizado por ACCESORIOS AVEMARÍA SAS, empresa colombiana dedicada a la fabricación y comercialización de bisutería fina con NIT 901184229, con domicilio en la ciudad de Medellín, Colombia.
El Programa no constituye un concurso de suerte y azar en los términos de la Ley 643 de 2001 ni una rifa, lotería o juego de azar. Se trata de una iniciativa de co-creación y participación comunitaria, de carácter gratuito, que otorga beneficios a sus participantes conforme a lo aquí establecido.
La inscripción y participación en el Programa implica la aceptación plena, expresa e irrevocable de la totalidad de las presentes condiciones.
Artículo 1. Organizador
El Programa es organizado y administrado exclusivamente por ACCESORIOS AVEMARÍA SAS (en adelante, "el Organizador" o AVEMARÍA), empresa colombiana con actividad comercial en el sector de bisutería fina.
Correo de contacto oficial: info@accesoriosavemaria.com
Sitio web oficial: https://accesoriosavemaria.com
Artículo 2. Objeto del Programa
El Programa tiene por objeto vincular a dos mil (2.000) mujeres seleccionadas (en adelante, "las Participantes" o "la Comunidad") en el proceso de co-creación de una colección de bisutería fina de AVEMARÍA. Durante un período de seis (6) meses, las Participantes accederán a la aplicación móvil oficial de AVEMARÍA (en adelante, "la App") para realizar seis (6) votaciones que incidirán en las decisiones de diseño, concepto, identidad visual, selección de productos y dirección de campaña de dicha colección.
Artículo 3. Requisitos de participación
Podrá inscribirse al Programa toda persona natural que cumpla con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad conforme a la legislación colombiana (mayor de dieciocho (18) años) o mayor de edad según la legislación de su país de residencia.
- Diligenciar en su totalidad el formulario de inscripción disponible en el sitio web oficial del Programa antes del cierre de inscripciones.
- Proporcionar información veraz, completa y actualizada en el formulario de inscripción, incluyendo nombre completo, correo electrónico, número de celular, fecha de nacimiento, ciudad y país de residencia.
- Contar con acceso a internet y dispositivo compatible con la App de AVEMARÍA.
- No haber sido descalificada previamente por el Organizador en este u otros programas de AVEMARÍA.
La participación es de carácter individual e intransferible. No se permite la cesión de la condición de Participante a terceros.
Artículo 4. Período del Programa y cronograma
- Apertura de inscripciones: fecha de publicación de la presente página web.
- Cierre de inscripciones: 28 de junio de 2026.
- Anuncio de las 2.000 Participantes seleccionadas: 29 de junio de 2026.
- Acceso a la App y inicio del proceso creativo: a partir del 29 de junio de 2026.
- Desarrollo de las seis (6) votaciones: durante las 4 semanas posteriores.
- Cierre del proceso creativo y lanzamiento de la colección: según calendario comunicado a las Participantes a través de la App.
El Organizador se reserva el derecho de modificar las fechas anteriores por razones de fuerza mayor, caso fortuito u otras circunstancias debidamente justificadas, comunicando oportunamente cualquier cambio a las Participantes.
Artículo 5. Proceso de selección de las 2.000 Participantes
El formulario de inscripción tiene por objeto recopilar información que permita al Organizador conocer el perfil y la relación de cada aspirante con la marca. La selección de las dos mil (2.000) Participantes se realizará por parte del Organizador con base en criterios discrecionales relacionados con la diversidad geográfica, el vínculo con la marca y la representatividad de la comunidad AVEMARÍA.
La selección no implica procedimiento aleatorio de azar. El Organizador comunicará el resultado del proceso de selección a las personas incluidas y excluidas a través del correo electrónico y/o WhatsApp registrados en el formulario.
La decisión de selección del Organizador es definitiva e inapelable.
Artículo 6. Obligaciones de las Participantes
Las Participantes seleccionadas se comprometen a:
- Participar activamente en las seis (6) votaciones previstas dentro del proceso creativo, a través de la App de AVEMARÍA.
- Mantener actualizados sus datos de contacto para efectos de las comunicaciones del Programa.
- No divulgar sin autorización expresa del Organizador información confidencial, bocetos, avances o contenidos behind-the-scenes a los que accedan a través de la App.
- Comportarse con respeto y buena fe en todos los espacios de interacción del Programa.
- Aceptar las presentes condiciones y cualquier modificación que el Organizador comunique oportunamente.
El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones faculta al Organizador para descalificar a la Participante sin derecho a reclamación alguna.
Artículo 7. Beneficios del Programa
7.1 Pieza exclusiva de la colección — Para todas las Participantes
Todas las Participantes que completen la totalidad de las seis (6) votaciones del proceso creativo recibirán, como reconocimiento a su participación, una (1) pieza de la colección co-creada por la Comunidad. Este beneficio tiene carácter de gratificación y no constituye premio de concurso de azar.
Condiciones para la entrega:
- La pieza se entregará exclusivamente en los puntos de venta físicos de AVEMARÍA ubicados en Cali, Medellín, Pereira, Envigado, Rionegro y Bogotá.
- No se realizarán envíos nacionales ni internacionales bajo ninguna circunstancia.
- La Participante deberá recoger la pieza personalmente, previa presentación de documento de identidad y de la comunicación de elegibilidad enviada por el Organizador.
- El plazo para reclamar la pieza será el comunicado oportunamente por el Organizador. Las piezas no reclamadas dentro del plazo establecido no podrán ser exigidas posteriormente.
- El Organizador se reserva el derecho de modificar el modelo específico de la pieza entregada sin alterar su calidad ni valor aproximado.
7.2 PR Box de lanzamiento — Para cincuenta (50) Participantes
Un grupo de cincuenta (50) Participantes recibirán una caja de edición especial con el primer lanzamiento de la colección co-creada. La selección de estas cincuenta (50) Participantes se realizará mediante criterios a definir por el Organizador, los cuales serán comunicados oportunamente a la Comunidad a través de la App.
7.3 Sueño cumplido — Para una (1) Participante
Una (1) Participante de la Comunidad será seleccionada para recibir el beneficio denominado internamente "Un sueño cumplido", consistente en el acompañamiento del Organizador para hacer realidad un sueño o proyecto de vida de la Participante, dentro del límite presupuestal establecido en el Artículo 8 de las presentes condiciones.
El proceso de selección y ejecución de este beneficio se regirá por las reglas establecidas en el Artículo 8 de este documento.
Artículo 8. Reglas específicas del beneficio "Un sueño cumplido"
8.1 Naturaleza del beneficio
El beneficio "Un sueño cumplido" no constituye un concurso de suerte y azar, ni una rifa, ni una lotería. Se trata de un reconocimiento especial otorgado discrecionalmente por el Organizador a una Participante de la Comunidad, con el objetivo de acompañarla en la realización de un sueño o proyecto personal.
8.2 Postulación del sueño
Todas las Participantes que completen la totalidad de las seis (6) votaciones del proceso creativo quedarán habilitadas para postular su sueño. El mecanismo, formato y plazo de postulación serán comunicados por el Organizador a través de la App en el momento oportuno.
El sueño postulado debe:
- Ser lícito conforme al ordenamiento jurídico colombiano y al de la jurisdicción aplicable.
- Ser de naturaleza personal y estar orientado a mejorar la calidad de vida, el desarrollo profesional, personal o familiar de la Participante.
- Poder ejecutarse de manera razonable dentro del límite presupuestal establecido en el numeral 8.4.
- No implicar actividades contrarias a la moral, las buenas costumbres o el orden público.
8.3 Proceso de selección del sueño ganador
El proceso se desarrollará en dos etapas:
Etapa 1 — Evaluación por Comité Interno. Un comité evaluador designado por el Organizador revisará la totalidad de los sueños postulados y seleccionará tres (3) sueños finalistas con base en criterios de viabilidad, impacto, autenticidad y alineación con los valores de la marca. La decisión del Comité en esta etapa es definitiva e inapelable.
Etapa 2 — Votación de la Comunidad. Los tres (3) sueños finalistas serán puestos a votación entre las dos mil (2.000) Participantes a través de la App. El sueño que obtenga el mayor número de votos será el sueño ganador. En caso de empate, el Comité tendrá voto de calidad. Cada Participante tendrá derecho a emitir un (1) voto, individual e intransferible.
8.4 Límite presupuestal para la ejecución del sueño
El Organizador destinará para la ejecución del sueño ganador un presupuesto máximo de veinte millones de pesos colombianos ($20.000.000 COP), suma que incluye todos los gastos directos e indirectos asociados a la realización del sueño.
- El valor de $20.000.000 COP constituye el techo máximo presupuestal. El monto real ejecutado podrá ser inferior según la naturaleza del sueño seleccionado.
- Los gastos que excedan dicho límite serán de exclusiva responsabilidad de la Participante ganadora, sin obligación alguna del Organizador de cubrir el excedente.
- El Organizador coordinará directamente la ejecución del sueño, o asignará un equipo para ello, y determinará la forma en que se realizarán los pagos y gestiones correspondientes. No se entregará el dinero en efectivo directamente a la Participante.
- El valor de $20.000.000 COP corresponde al presupuesto de ejecución y no constituye un premio en dinero, por lo que no está sujeto a las retenciones aplicables a premios de juegos de azar según el Estatuto Tributario colombiano.
- El Organizador se reserva el derecho de declarar desierto el beneficio si ninguno de los sueños postulados resulta viable, lícito o ejecutable dentro del presupuesto disponible, sin que ello genere obligación de compensación alguna.
8.5 Sueños excluidos
No serán elegibles los sueños que impliquen:
- Actividades ilícitas o contrarias al ordenamiento jurídico colombiano.
- Inversiones financieras, adquisición de valores, criptoactivos o instrumentos financieros.
- Pago de deudas, obligaciones crediticias o fiscales.
- Transferencias de dinero a terceros.
- Actividades que pongan en riesgo la integridad física o psicológica de la Participante o de terceros.
- Solicitudes que impliquen discriminación por razón de género, raza, religión, orientación sexual u otras categorías protegidas.
8.6 Responsabilidad frente al sueño ganador
El Organizador actuará como facilitador y financiador de la ejecución del sueño hasta el límite presupuestal establecido. La naturaleza, contenido y especificidad del sueño ganador son responsabilidad exclusiva de la Participante que lo postula. El Organizador no responderá por expectativas que excedan lo razonablemente posible dentro del presupuesto y las condiciones operativas disponibles.
Artículo 9. Protección de datos personales
El tratamiento de los datos personales recopilados a través del formulario de inscripción se realizará de conformidad con la Ley 1581 de 2012 (Ley de Protección de Datos Personales), el Decreto 1377 de 2013 y las normas que los complementen, modifiquen o sustituyan.
Al inscribirse en el Programa, el participante autoriza a AVEMARÍA, en su calidad de Responsable del Tratamiento, a recopilar, almacenar, usar, circular y suprimir sus datos personales para las siguientes finalidades:
- Gestión del proceso de inscripción, selección y comunicación.
- Administración del Programa, incluyendo acceso a la App y coordinación de votaciones.
- Envío de comunicaciones relacionadas con el Programa, la colección co-creada y los beneficios.
- Actividades de mercadeo y fidelización de AVEMARÍA, siempre que la Participante haya otorgado su autorización expresa.
El Organizador garantiza la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos personales y no los compartirá con terceros sin la autorización previa y expresa de la Participante, salvo obligación legal.
Las Participantes podrán ejercer sus derechos de conocer, actualizar, rectificar y suprimir sus datos personales, así como revocar la autorización otorgada, dirigiendo comunicación escrita al correo hola@accesoriosavemaria.com.
Artículo 10. Derechos de propiedad intelectual
Las ideas, conceptos, nombres, diseños y demás aportes que las Participantes realicen en el marco del proceso creativo (a través de votaciones, comentarios o cualquier forma de participación en la App) se entenderán cedidos al Organizador para efectos de la creación de la colección, sin derecho a remuneración adicional, conforme a la Ley 23 de 1982 y la Decisión 351 de 1993 de la CAN.
AVEMARÍA será la única titular de los derechos de propiedad industrial e intelectual sobre la colección resultante, incluyendo diseños, nombres comerciales, marcas y demás elementos susceptibles de protección.
La participación no otorga a las Participantes ningún derecho de propiedad, regalía o participación económica sobre la colección co-creada, salvo el beneficio de la pieza gratuita establecido en el numeral 7.1.
Artículo 11. Uso de imagen
Al participar en el Programa, las Participantes autorizan expresamente a AVEMARÍA para usar su nombre, imagen, fotografía y testimonios relacionados con el Programa, con fines promocionales, publicitarios y de comunicación institucional, a través de los canales digitales y físicos de la marca (Instagram, TikTok, sitio web, punto de venta), sin derecho a remuneración adicional.
Esta autorización es gratuita, no exclusiva y con vigencia indefinida, conforme a la Ley 1266 de 2008 y las normas aplicables sobre habeas data y derechos de imagen.
En caso de que la Participante ganadora del beneficio "Un sueño cumplido" no desee que su imagen sea utilizada con fines publicitarios, deberá comunicarlo expresamente al Organizador dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de su selección.
Artículo 12. Exclusión de responsabilidad
El Organizador no será responsable por:
- Fallas técnicas, interrupciones del servicio de internet o problemas con dispositivos móviles.
- Inscripciones incompletas, erróneas o tardías.
- Pérdida, robo o daño de la pieza una vez entregada en el punto de venta.
- Daños directos, indirectos, incidentales o consecuentes derivados de la participación o no participación.
- La no ejecución total o parcial del sueño ganador cuando ello sea atribuible a fuerza mayor, caso fortuito, disposición legal o imposibilidad sobreviniente.
Artículo 13. Modificación y terminación anticipada
El Organizador se reserva el derecho de modificar, suspender o terminar anticipadamente el Programa en cualquier momento, por razones de fuerza mayor, caso fortuito, disposición legal, o cualquier otra circunstancia que lo justifique, sin que ello genere obligación de compensación o indemnización alguna.
Cualquier modificación sustancial será comunicada a las Participantes a través del correo electrónico registrado y/o de la App, con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles, salvo que la urgencia de la situación lo impida.
Artículo 14. Descalificación
El Organizador podrá descalificar a cualquier Participante, sin derecho a reclamación alguna, en los siguientes casos:
- Proporcionar información falsa, incompleta o engañosa.
- Participar mediante mecanismos automatizados, cuentas falsas o cualquier medio que altere la integridad del proceso.
- Incumplir las obligaciones del Artículo 6.
- Realizar cualquier conducta que afecte la reputación del Organizador o la integridad del Programa.
- Postular un sueño que contravenga las restricciones del numeral 8.5.
Artículo 15. Gratuidad del Programa
La inscripción y participación en el Programa es completamente gratuita. El Organizador no solicitará en ningún momento pagos, transferencias, datos bancarios ni ningún otro tipo de contraprestación económica.
Cualquier comunicación que solicite pagos a cambio de participación o beneficios debe considerarse fraudulenta y debe reportarse a hola@accesoriosavemaria.com.
Artículo 16. Normativa aplicable
El Programa se rige por la legislación colombiana, en particular:
- Ley 643 de 2001 (referenciada para diferenciación).
- Ley 1581 de 2012 y Decreto 1377 de 2013 — Protección de datos personales.
- Ley 23 de 1982 y Decisión 351 de 1993 — Derechos de autor y propiedad intelectual.
- Ley 1480 de 2011 — Estatuto del Consumidor.
- Decreto 410 de 1971 — Código de Comercio.
- Ley 527 de 1999 — Comercio electrónico y firmas digitales.
- Resolución SIC 76434 de 2020 y normativa complementaria.
- Estatuto Tributario colombiano (Decreto 624 de 1989).
Artículo 17. Resolución de controversias
Cualquier controversia será resuelta, en primera instancia, mediante comunicación directa entre la Participante y el Organizador a través del correo hola@accesoriosavemaria.com.
Si la controversia no se resolviere en un plazo de quince (15) días hábiles, las partes podrán acudir a los mecanismos alternativos de solución de conflictos previstos en la Ley 446 de 1998 y la Ley 1563 de 2012, o ante la jurisdicción ordinaria competente, con sede en la ciudad de Medellín, Colombia.
Artículo 18. Aceptación de los Términos y Condiciones
La inscripción al Programa, mediante el diligenciamiento y envío del formulario oficial, constituye la aceptación plena, libre, expresa e informada de la totalidad de los presentes Términos y Condiciones por parte de la Participante.